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197 | II Série A - Número: 027 | 10 de Setembro de 2011

como se ha insistido, lo erróneo es trasladar la carga probatoria al acusado, correspondiéndole a éste el demostrar que los bienes que tiene fueron obtenidos de manera legítima.

Avanzando ya en la aplicación del modelo lógico matemático del Derecho penal, iniciemos con el primero de los tipos del 224 de la Ley Sustantiva de la Materia en el Fuero Federal.