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198 | II Série A - Número: 027 | 10 de Setembro de 2011

Haciendo el obligado ejercicio de análisis de tipicidad que se propone, comenzamos:

Art. 224 Código Penal Federal. “Se sancionará a quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público… … Existe enriquecimiento ilícito cuando el servidor público no pudiere acreditar el legítimo aumento de su patrimonio … en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos…”
Contenido semántico:

N= Mandato al servidor público de acreditar el legítimo aumento de su patrimonio, en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

B
1
= Cumplimiento de las disposiciones legales.

B
2
= Honestidad en el desempeño de los empleos, cargos o comisiones públicos.