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11 DE FEVEREIRO DE 1999

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cieros, el ejercicio presupuestal y el cumplimiento del programa de trabajo al 31 de diciembre del año anterior, dictaminados por auditor independiente, así como un informe de avance de la ejecución del programa y del presupuesto del ejercicio del año en curso, los que deberán estar analizados por la Comisión de Programación y Evaluación;

d) Elaborar el programa presupuesto (ingresos y egresos) y el programa de trabajo del año siguiente para su aprobación, desagregado por semestres y previamente analizado por la Comisión de Programación y Evaluación. Presentarlo a consideración del Consejo Directivo por conducto del presidente;

e) Remitir al presidente, la Comisión de Programación y Evaluación y a cualquier país miembro que expresamente lo solicite, informes semestrales sobre el ejercicio presupuestal y avance del programa de trabajo, explicando en su caso las variaciones. Así mismo, informar al presidente el estado de recaudación de las cuotas de los países miembros;

f) Elevar propuestas al presidente sobre la designación o remoción de los encargados de programas, para que una vez evaluadas por aquél, sean transmitidas al Consejo Directivo;

g) Participar en las reuniones del Consejo, salvo cuando éste considere conveniente realizar reuniones privadas sin la presencia de aquél. La Secretaría tendrá derecho a participar en las reuniones donde se consideren sus propuestas;

h) Ejercer las atribuciones que le encomiende el presidente;

í) Elaborar proyectos de los reglamentos internos de la Secretaría General y someterlos al presidente, quien decidirá sobre su presentación ante el Consejo Directivo; presentar ante el presidente las modificaciones que estime conveniente sobre la organización del Centro y la Secretaría General, quien en su caso las presentará ante al Consejó para su aprobación definitiva;

j) Proponer al presidente la contratación del personal internacional de largo y mediano plazo, entendiéndose por tales los de más de 1 año y entre 6 y 12 meses respectivamente, y designar al personal técnico de corto plazo y al administrativo, todo de acuerdo con las políticas que al efecto establezca el Centro. En su elección procurará obtener la mayor diversificación en cuanto a países de origen;

fe) Promover ante el presidente y ejecutar, una vez aprobados por el Consejo Directivo o la Mesa Directiva en caso de urgencia, los contratos y convenios con los gobiernos y con otras entidades nacionales e internacionales para la prestación de los servicios del Centro, de acuerdo con las políticas y procedimientos dictados por el Consejo Directivo;

l) Promover la aceptación formal de contribuciones de gobiernos, organismos internacionales, fundaciones e instituciones privadas, con el fin de financiar actividades del Centro, de acuerdo con las políticas y procedimientos dictados por el Consejo Directivo; m) Fomentar con organismos análogos y especializados acuerdos de colaboración con el Centro

en los respectivos campos de su competencia, de acuerdo con las disposiciones del Consejo Directivo y someter dichos acuerdos al presidente, quien los trasladará, en su caso, al Consejo Directivo para su ratificación; n) Ejecutar las instrucciones del presidente en cuanto a la coordinación de las labores del Centro con las de otros programas internacionales, regionales, continentales y bilaterales, en campos afines que hayan sido aprobados por el Consejo y procurar la optimización de los recursos

y de la capacidad instalada existente;

ñ) Recaudar las contribuciones de los países miembros y mantener y administrar el patrimonio del Centro, de acuerdo con las políticas y normas establecidas por el Consejo Directivo;

o) Solicitar al presidente del Consejo la convocatoria de las reuniones ordinarias y de las extraordinarias que estimen deben realizarse;

p) Organizar los servicios de secretaria que requieran el Consejo, las comisiones, los grupos de expertos gubernamentales, los grupos de trabajo y de asesores internacionales y otras reuniones convocadas por el Consejo Directivo o por la propia Secretaría General de acuerdo con las políticas del Consejo;

q) Rendir oportunamente al Consejo Directivo o al presidente los informes, cuentas y datos que cualquiera de ellos le requiera o que estén formalmente previstos;

r) Elaborar la convocatoria y el temario provisional de las reuniones y con la firma del presidente del Consejo, remitirlos a los representantes de los países miembros, a más tardar 40 días antes del inicio de cada reunión;

s) Presentar a la Comisión de Programación y Evaluación, en su primera reunión anual, el informe semestral correspondiente a la última fase del ejercicio anterior, así como el informe financiero relativo al año anterior debidamente auditado; t) Presentar a la Comisión de Programación y Evaluación, el informe de avance del ejercicio en curso y la propuesta de programa y presupuesto para el período siguiente, según lo establecido en el artículo 37 de este Estatuto;

u) Presentar al Consejo Directivo una lista de firmas auditoras para que éste seleccione la que practicará la auditoría del Centro;

v) Facilitar al auditor externo toda la información que requiera para que realice su trabajo.

Artículo 36

Los programas estarán bajo la dirección del secretario general, quien tendrá a su cargo la conducción técnica y administrativa de sus respectivas áreas de competencia. El secretario general encomendará cada programa a un responsable ejecutivo.

CAPÍTULO XIV

De la formulación, presentación y aprobación de programas, presupuestos e informes de resultados

Artículo 37

Por ío menos dos meses antes de la reunión anual ordinaria del Consejo Directivo, el secretario general