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177 | II Série A - Número: 027 | 10 de Setembro de 2011

volante; sobrestante automotriz de Pachuca; ayudante de materiales A de almacenes y suministros; encargado de almacén de almacenes y suministros; almacenista A de almacenes y suministros; almacenista B de almacenes y suministros; agente de licitaciones; ayudante de agente de licitaciones; agente de compras; ayudante de agente de compras; agente de compras extranjeras; agente de tráfico; ayudante de agente de compras extranjeras; ayudante de agente de tráfico; agente administrativo; ayudante agente administrativo; volante de agente de compras; supervisor operacional de zona de almacenes y suministros. Fideicomiso de Fomento Minero: Los contadores de delegación regional y los analistas de adquisiciones. Aeropuertos y Servicios Auxiliares: Los jefes de servicios de operaciones, jefes de servicios de seguridad, jefes de mantenimiento, subadministrador y profesional ejecutivo "B". En las demás entidades paraestatales: Los jefes de departamento o servidores públicos equivalentes a aquellos servidores obligados a declarar en la Administración Pública Centralizada. ARTICULO SEGUNDO.- También queda obligado a presentar declaración de situación patrimonial todo el personal que se encuentre desempeñando un empleo, cargo o comisión en el servicio público mediante contrato por honorarios, cuyos encargos, funciones o nivel de percepciones se homologuen a los que realicen o tengan los servidores públicos que se mencionan en el artículo 80 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y en el presente Acuerdo.

ARTICULO TERCERO.- Los servidores públicos que se encuentren desempeñando los encargos descritos en este Acuerdo, deberán presentar la declaración de situación patrimonial, con estricta sujeción a lo establecido por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y demás disposiciones aplicables en la materia.”