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183 | II Série A - Número: 027 | 10 de Setembro de 2011

Nacional Autónoma de México, en cuyos ordenadores se aplicaron por esos años –con las consiguientes dificultades técnicas por el grado de desarrollo de la cibernética en esa década comparada con nuestros veloces días–. Lo continuó la doctora Olga Islas y actualmente lo aplica y enseña el distinguido sevillano, doctor Rafael Márquez Piñero, catedrático de Derecho penal en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, en la misma cátedra de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana, en los Posgrados de Derecho de la UNAM y la propia UP –tanto en su sede México como en su sede Guadalajara– y en diversos foros de la República Mexicana a través de los simposia, cursos y conferencias impartidas por el distinguido Doctor.

Este modelo creado por Islas y Ramírez lleva al tipo y a la punibilidad a la teoría de la ley penal.
38 La Doctora Islas define que delito es la culpable concreción de un tipo penal
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. Así será, en palabras del Doctor Márquez, “un hecho particular, concreto y temporal, adecuado –con toda exactitud– a un tipo legal y reprochable a su autor en función de una específica desvaloración determinada por el ejercicio de la libertad psicológica y los reductores de este 38 MÁRQUEZ PIÑERO, Rafael. El tipo penal… Pág. 184