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112 | II Série A - Número: 007S2 | 2 de Outubro de 2008

Artículo 4 Sede

El Centro tendrá su sede en Lisboa, Portugal, en adelante denominado ―Estado anfitrión‖.

Artículo 5 Observadores

1. Por decisión de la Junta Ejecutiva, y con las condiciones que la misma establezca, podrá invitarse a participar como observador a cualquier Estado u organización internacional que comparta los objetivos de las Partes en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas por mar y aire.
2. El intercambio con el observador de datos de carácter personal e información de otro tipo se regirá por lo dispuesto en el artículo 6 y se limitará a lo estrictamente necesario para la cooperación del observador en las actividades del Centro.

Artículo 6 Protección de datos de carácter personal y demás información facilitada por las Partes

1. El tratamiento y la protección de los datos de carácter personal y demás información facilitada por las Partes se efectuarán con arreglo a las leyes nacionales de las Partes, al derecho comunitario y al derecho internacional vinculante para las Partes, incluido el Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, adoptado en Estrasburgo el 28 de enero de 1981.
2. Los datos de carácter personal y demás información facilitada por las Partes no podrán transmitirse a ningún tercer Estado o entidad sin el consentimiento previo de la instancia que facilitó la información, y no podrán utilizarse para fines distintos de aquellos para los que se transmitieron inicialmente.

Capítulo II Organización y funcionamiento del Centro

Artículo 7 Estructura

El Centro estará formado por una Junta Ejecutiva, un Director, los funcionarios de enlace y su personal propio.

Artículo 8 La Junta Ejecutiva

1. La Junta Ejecutiva estará integrada por un representante de alto nivel de cada Parte, que no será funcionario de enlace del Centro.
2. La Junta Ejecutiva se reunirá como mínimo dos veces al año.
3. La Junta Ejecutiva desempeñará las siguientes funciones:

a) Desarrollo de la dirección estratégica del Centro; b) Invitación y admisión de observadores, incluida la fijación de condiciones para dicha admisión; c) Creación de los comités necesarios; d) Adopción del Manual de Procedimiento y aprobación de cualesquiera modificaciones posteriores; e) Aprobación del presupuesto anual; f) Aprobación del informe anual; g) Nombramiento del Director del Centro.