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17 DE MAIO DE 2016 83_______________________________________________________________________________________________________________

e) Evaluación de posibilidades para compartir capacidades, a través de las iniciativas

creadas en este ámbito en la UE y en la OTAN;

f) Refuerzo de la participación conjunta en actividades en el ámbito de la Política

Común de Seguridad y Defensa, principalmente en los Battlegroups de la UE;

g) Desarrollo de acciones de cooperación en el ámbito de la seguridad marítima;

h) Gestión, formación, instrucción, adiestramiento e intercambio de personal

militar y civil del Ministerio de Defensa y de sus Fuerzas Armadas;

i) Realización de ejercicios militares;

j) Refuerzo de las capacidades compartidas en materia de telecomunicaciones

militares;

k) Estudio de acciones conjuntas en materia de emergencias y catástrofes;

l) Desarrollo de la cooperación en el ámbito de las operaciones conjuntas y

combinadas;

m) Intercambio en materia de defensa aérea, sobrevuelos y aterrizajes, y operaciones

de búsqueda y salvamento entre ambos Estados;

n) Coordinación y armonización de aspectos militares en la gestión del espacio

aéreo dentro del marco del Cielo Único Europeo y del Programa SESAR (Single European

Sky ATM Research);

o) Desarrollo y armonización de la circulación aérea operativa y de los

correspondientes servicios de tránsito aéreo, así como de la coordinación civil y militar;

p) Seguimiento y estudio de acciones conjuntas en el campo de la tecnología y la

industria, investigación y desarrollo, material y equipos de defensa;

q) Promoción de una cooperación regional en aspectos relacionados con la

industria de defensa en el marco de los proyectos gestionados por la Agencia Europea de

Defensa;

r) Desarrollo de las áreas de construcción, mantenimiento y tecnología naval;

s) Cooperación en el ámbito de ciberdefensa y terrorismo global;

t) Estudio sobre acciones de colaboración frente a los desafíos energéticos y el

cambio climático;

u) Cooperación en actividades geográficas, cartográficas, hidrográficas,

oceanográficas y meteorológicas;

v) Promoción de actividades históricas, culturales y deportivas.

2. Las Partes, de común acuerdo, podrán identificar y profundizar en otras áreas de

cooperación, en el marco del presente Acuerdo.